El proyecto educativo, el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto de gestión constituyen el Plan de Centro. El Plan de Centro tiene carácter plurianual y se podrá actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluación, o a propuesta del director o directora en función de su proyecto de dirección.
El Plan de Centro será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la ciudadanía en general.
El proyecto educativo constituye las señas de identidad del instituto y expresa la educación que desea y va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que deberá contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actuación; en dicho proyecto se especifican aspectos como:
- Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo.
- Líneas generales de actuación pedagógica.
- Los criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente del centro y del horario de dedicación de las personas responsables de las mismos para la realización de sus funciones, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
- Los procedimientos y criterios de evaluación, promoción del alumnado y titulación del alumnado.
- La forma de atención a la diversidad del alumnado.
- La organización de las actividades de recuperación para el alumnado con materias pendientes de evaluación positiva.
- El plan de orientación y acción tutorial.
- El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias.
- El plan de convivencia
- El plan de formación del profesorado.
- Los procedimientos de evaluación interna.
- Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías
- Los criterios para determinar la oferta de materias optativas y, en su caso, el proyecto integrado.
- Los planes estratégicos
PLAN DE CENTRO